miércoles, 13 de julio de 2011

RECHAZADA LA INSERCIÓN DEL PSIC. EDUCATIVO EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

El 25 de mayo fue debatida y rechaza en el Congreso de los Diputados la Proposición No de Ley sobre la inserción del psicólogo educativo en el sistema educativo español no universitario.

La proposición instaba al Gobierno a que, de acuerdo con la necesidad manifestada a lo largo del tiempo, desde asociaciones de padres, la Conferencia de Decanos de Facultades de Psicología, el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos (COP) o la Confederación de Organizaciones de Psicopedagogía y Orientación de España (COPOE), entre otras, adoptase las medidas necesarias para regular el acceso a la especialidad docente de "Orientación Educativa", de manera que el sistema educativo puediese contar con los profesionales verdaderamente cualificados para dar una respuesta urgente y eficaz a las dificultades y nuevos retos a los que se enfrenta el sistema de enseñanza español (elevados índices de fracaso escolar, mayor diversidad del alumnado, aumento de los problemas de conducta y de la conflictividad en las aulas, etcétera).

Y es que, con el ordenamiento normativo vigente en la actualidad (el Real Decreto 1834/2008 de 8 de noviembre, Real Decreto 860/2010, de 2 de julio y la Orden EDU/849/2010), las condiciones de formación para ejercer las funciones de Orientación Educativa alejan al sistema educativo de nuestro país de los estándares europeos de cualificación, dado que establecen que cualquier docente puede desempeñar el rol del orientador, tanto en centros públicos como privados, con independencia de su titulación universitaria (por ejemplo, un licenciado en ciencias políticas, empresariales, etc.), y tras haber cursado el Máster de Formación del Profesorado.

Particularmente, y en lo que respecta a la profesión del psicólogo, esta Proposición No de Ley solicitaba que se propusieran las normativas necesarias para que el psicólogo educativo, de formación graduado o licenciado en Psicología y máster en Psicología de la Educación, pasase a estar integrado en la organización del centro, apoyando la acción tutorial, y fuese la figura que desempeñase las funciones de: evaluación diagnóstica en contextos educativos; asesoramiento psicológico a alumnos padres, profesores y autoridades académicas; intervención de tipo correctivo, preventivo y optimizador; y la coordinación sistemática con otros profesionales y la adecuada derivación en tiempo y forma.

El rechazo de esta propuesta supone un claro retroceso para el sistema educativo español, dado que, a día de hoy, estas funciones están siendo realizadas por profesionales a los que no se les exige una cualificación acorde con el puesto que están desempeñando.

Fuente: infocop.es
Noticia completa y texto de la proposición no de ley: http://www.infocop.es/view_article.asp?id=3489